6-febrero-2012
08:33 AM




Tratado de Libre Comercio Costa Rica – Canadá

El Tratado de Libre Comercio entre Costa Rica y Canadá entró en vigencia el 1 de noviembre del 2002. En lo que respecta al tema de acceso a mercados,  el 65.1% de partidas arancelarias están en libre comercio, es decir, exentas del pago de derechos arancelarios a la importación (0% de DAI y Ley 6946). El número restante de líneas arancelarias gozan de distintos beneficios como lo son desgravaciones arancelarias a 8, 9 y 15 años, es decir que al finalizar estos períodos, el arancel de importación será 0%. Un pequeño porcentaje de mercancías se encuentran con un tratamiento especial de contingentes arancelarios, mediante el cual cierta cantidad de mercancía ingresa con arancel de preferencial. Algunas mercancías se excluyen de este Tratado, es decir, el arancel no se reduce, tal es el caso de algunos productos agrícolas como lácteos, carne de bovino, papas frescas, cebollas, zanahorias, tomate, arroz, etc.

Si a usted le interesa conocer el arancel preferencial de algún producto en particular, haga su consulta aquí .

Si tiene alguna duda respecto al certificado de origen que va a presentar a la aduana, haga su consulta aquí .

Ver texto completo del tratado.

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